AUDITORIA AMBIENTAL
En estos casos la auditoria ambiental es una herramienta de planificación y gestión que le da una respuesta a las exigencias que requiere cualquier tipo de tratamiento del medio ambiente urbano. La misma sirve para hacer un análisis seguido de la interpretación de la situación y el funcionamiento de entidades tales como una empresa o un municipio, analizando la interacción de todos los aspecto requerido para identificar aquellos puntos tanto débiles como fuertes en los que se debe incidir para poder conseguir un modelo respetable para con el medio ambiente.
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE AUDITORIA AMBIENTAL
Ernesto Zedillo Ponce de León, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la constitución política de los E.U.M, con fundamento en el artículo 89, fracción I de la constitución política de los E.U.M con el fundamento en el artículo 38 bis de la Ley orgánica de la administración publica federal ha tenido bien expandir el siguiente:
Reglamento de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en materia de auditoría ambiental:
Capitulo I
disposiciones generales
disposiciones generales
Art. 1: El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las auditorias ambientales previstas en el articulo 38 BIS de la ley general del equilibrio Ecológico y la protección al Ambiente. Su publicación corresponde al ejecutivo Federal, a través de la secretaria de medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, sin prejuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la administración publica Federal
CAPITULO SEGUNDO:
DESARROLLO DE AUDITORIAS AMBIENTALES
DESARROLLO DE AUDITORIAS AMBIENTALES
Articulo 10: Las auditorias ambientales se llevaran acabo voluntariamente y se llevaran a cabo de conformidad con los términos de referencia previstos en la norma mexicana que para tal efecto es expandida, de conformidad con lo dispuesto en la Ley federal sobre metrología y normalización y su reglamento
Artículo 12: los costos de lo trabajadores de auditoria, así como los generadores para la ejecución del plan de acción correrán por cuenta del responsable de la instalación de que se trate
Articulo 14: la procuraduría por si misma o por conducto de un auditor ambiental podrá supervisar en cualquier momento la forma en que se esta realizando una auditoria ambiental en una instalación especifica
Capitulo tercero:
plan de acción
plan de acción
Articulo 25: a través del certificado como industria limpia, la procuraduría reconoce que al momento de su expedición, la instalación opera en pleno cumplimiento de la legislación ambiental vigente, así como de los parámetros extranjeros e internacionales y buenas practicas de operación e ingeniería que resulten aplicables
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